Herramienta gratuita · Art. 477 Código del Trabajo

Calculadora de multa
DS-44

Estima el costo real de un incumplimiento SSO según el número de trabajadores y el tipo de infracción detectada por la DT.

Basado en UTM mayo 2026 ($68.296) Sin registro requerido Actualizada Ley Karin 2024

Datos de tu empresa

20 PYME
1 10 50 100 200

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Selecciona el número de trabajadores
y el tipo de incumplimiento

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Estimación basada en Art. 477 Código del Trabajo y Ley 16.744. Los valores son orientativos — la multa exacta la determina el fiscalizador según agravantes, reincidencia y otros factores. UTM mayo 2026: $68.296.

Base legal

Cómo interpretar este resultado

Las multas calculadas corresponden al rango aplicable según el artículo 477 del Código del Trabajo y los criterios de la Ley 16.744. El fiscalizador de la DT tiene facultad para aplicar el valor dentro del rango según la gravedad real observada y los antecedentes de la empresa.

La distinción entre primera fiscalización y reincidencia es importante: si la DT ya visitó tu empresa y dejó observaciones, y vuelve a encontrar el mismo incumplimiento, la multa puede ser significativamente mayor.

Una fiscalización en una empresa de 10 a 49 trabajadores puede generar multas acumuladas de varios millones de pesos si se detectan múltiples incumplimientos simultáneos — cada infracción genera una multa independiente.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre fiscalizaciones DT

Sí. La Dirección del Trabajo no está obligada a notificar previamente. El fiscalizador puede presentarse cualquier día hábil en horario de funcionamiento, presentando su credencial oficial al ingresar (Art. 23 Código del Trabajo).

Tienes 30 días hábiles desde la notificación para pagar. Antes de pagar, puedes interponer un recurso de reclamación dentro de esos mismos 30 días ante el Juzgado de Letras del Trabajo. El recurso puede reducir o anular la multa si acreditas cumplimiento o un error en la notificación.

Sí. El recurso de reclamación se presenta ante el Juzgado de Letras del Trabajo dentro de 30 días hábiles. El tribunal puede reducir o anular la multa si se acredita que el incumplimiento fue subsanado o que la infracción no existía. Se recomienda apoyo de un experto SSO para armar el recurso.

Los clave son: RIOHS actualizado al DS-44 (vigente desde feb. 2025), IRL firmado por cargo, MIPER actualizada, registro de capacitaciones con firmas y protocolo Ley Karin (obligatorio desde ago. 2024). Si tienes 25+ trabajadores, también el libro de actas del Comité Paritario.

No automáticamente, pero el fiscalizador puede aplicar el tramo máximo del rango. Para una PYME con infracción grave, esto puede subir de 10–40 UTM en primera vez a hasta 60–90 UTM si ya fue notificada por el mismo incumplimiento y no lo corrigió.

La DT puede ejecutar el cobro mediante el procedimiento ejecutivo del Art. 480 del Código del Trabajo, incluyendo retención de devoluciones de impuestos. El antecedente de impago también agrava la situación en futuras fiscalizaciones.

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